Consulta
PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TIJUANA (PMDU T) 2023-2040

¿Qué es el Plan Municipal de Desarrollo Urbano?
De conformidad con el artículo 48 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, el Plan Municipal de Desarrollo Urbano es el documento rector que integra el conjunto de políticas, lineamientos, estrategias, reglas técnicas y disposiciones encaminadas a ordenar y regular los centros de población en el territorio de cada municipio, mediante la determinación de provisiones, usos, destinos y reservas de áreas y predios, para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los mismos. Establecerá las directrices, lineamientos y normas conforme a las cuales las diversas personas y grupos que integren la población, participarán en el proceso de urbanización.¿Cuáles son sus objetivos?
Caracterizar la dinámica urbana del Municipio, con el fin de conocer su problemática y sus tendencias, para garantizar su desarrollo sin afectar al medio natural y urbano; proponer una estructura urbana, usos y destinos del suelo, así como políticas de bienestar social; contribuir al impulso económico, mediante la definición de áreas aptas para el desarrollo y ocupación del suelo en el territorio municipal, de manera que se fomente el desarrollo económico y social; detectar los impactos que se generan al medio ambiente (aire, agua y suelo), establecer las medidas y recomendaciones de carácter general, para su mitigación y control; dotar de elementos técnicos y de validez jurídica, para garantizar la ordenación y regulación del desarrollo urbano en el municipio; identificar las zonas con riesgos potenciales a fin de evitar afectaciones a la población; identificar las zonas o colonias que están siendo afectadas por procesos de inestabilidad del suelo y deslizamiento de masas de terreno, determinar causas, áreas afectadas y potencialmente afectables; facilitar la comunicación y los desplazamientos de la población mediante un esquema de movilidad urbana que promueva la movilidad no motorizada, el uso del transporte público y que, a su vez, favorezca la integración intraurbana e interurbana del Municipio en la región.PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE TIJUANA (PDUCP T) 2023-2040

¿Qué es el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población?
De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, el Programa de Desarrollo Urbano de los Centros de Población es el conjunto de políticas, lineamientos, estrategias, reglas técnicas y disposiciones establecidas en el Plan Municipal, referidas a un centro de población determinado, tendientes a promover un desarrollo armónico de su territorio.¿Cuáles son sus objetivos?
Adecuar la distribución de la población y de las actividades económicas, de acuerdo a las condiciones de su territorio; alentar la radicación de la población en su medio, mejorando las condiciones de su hábitat; propiciar la integración socioeconómica entre las diferentes partes que componen al centro de población; distribuir equitativamente las cargas y beneficios del desarrollo urbano; preservar y mejorar las áreas forestales, ríos, escurrimientos y acuíferos en el centro de población y sus áreas de apoyo; salvaguardar el patrimonio, preservando los edificios y conjuntos arquitectónicos de valor histórico cultural o que identifiquen la fisonomía del lugar; Procurar que el centro de población mantenga o desarrolle de manera integral la calidad de la imagen visual; distribuir adecuadamente las actividades urbanas para el óptimo funcionamiento del centro de población; facilitar la comunicación y los desplazamientos de la población, otorgando preferencia a los sistemas colectivos de transporte; y, todos aquellos que permitan orientar el desarrollo del centro de población a condiciones óptimas.Artículo 53, Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California
OBJETIVO DE LA CONSULTA PÚBLICA
De conformidad con el artículo 11, fracción XXII de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, el artículo 51, fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y el Reglamento Interior del Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana en su artículo 4, fracción I, menciona en sus atribuciones y funciones que es trabajo del IMPLAN (Recopilar, organizar y sistematizar las demandas y necesidades sociales de la población municipal, considerando la diversidad regional, cultural, económica, social, ambiental e institucional, instrumentando foros, consultas y mesas de trabajo).
De esta manera, el objetivo de esta Consulta Pública es el de recopilar los datos, opiniones y percepciones de las personas del municipio de Tijuana, para que dichos elementos sean puestos al centro como prioridad y a su vez se incorporen en los planes, programas y proyectos de desarrollo urbano y se atiendan sus necesidades, se promueva la inversión y el crecimiento económico desde un enfoque normativo, integral e incluyente para el mejoramiento de las condiciones de vida de todas las personas.