Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tijuana, Baja California

El Ordenamiento Ecológico del Territorio, es un instrumento de política pública para maximizar el consenso y minimizar el conflicto de tipo ambiental en la sociedad y buscar el equilibrio entre preservación del ambiente y desarrollo económico y social; que tiene como objetivo promover el consenso social en la definición de los usos del territorio que permita dar certidumbre a la inversión, así como a la preservación del medio ambiente y a la conservación de los recursos naturales (SEMARNAT, 2016).

En otras palabras, el Ordenamiento Ecológico del Territorio permite orientar los intereses sectoriales a la ubicación geográfica de las actividades productivas y antropogénicas, así como las modalidades de uso de los recursos y servicios ambientales, constituyendo el cimiento de la política ecológica, la densidad e intensidad de actividades y formas de uso del suelo, así como las áreas a conservar y restaurar.

Los Programas de Ordenamientos Ecológicos Locales (POEL), son una de las necesarias acciones que la LGEEPA establece como competencia de los municipios desde hace más de 20 años, siendo un instrumento que coadyuva para abordar los fenómenos que amenazan el desarrollo y el crecimiento económico del municipio (Artículo 8º fracción VIII, Artículo 20 BIS 4 Fracción II y Artículo 20 BIS 5 fracción II, LGEEPA). La elaboración del estudio técnico que sustenta un POEL, implica un diagnóstico integral del territorio municipal, considerando que éste es la base fundamental para la definición del estado ambiental que guarda el territorio, su aptitud para soportar actividades, sus políticas ambientales, entendiéndose como aquellas que se vinculan con la prevención de riesgos, la sustentabilidad ambiental, la continuidad de servicios ambientales, y el cambio climático, y dan soporte a la elaboración de estrategias de actuación que deben permear en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano y territorial.